Etiqueta: SCJN

  • Norma Piña confiesa estrategia de bloqueo a proyectos prioritarios de la 4T desde el Poder Judicial

    Norma Piña confiesa estrategia de bloqueo a proyectos prioritarios de la 4T desde el Poder Judicial

    Por Ricardo Sevilla

    Ayer, Norma Piña, exministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), reapareció en la UNAM.

    En un evento titulado “El Futuro de la Justicia: Independencia Judicial en México y su Entorno Regional”, Norma Lucía Piña Hernández presumió que durante su gestión como presidenta de la SCJN, un grupo de juzgadores se dedicó a “parar” proyectos emblemáticos del sexenio de Andrés Manuel López Obrador, específicamente el Tren Maya y el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).

    La declaración fue realizada, en el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ), en un foro que reunió a una pléyade de virulentos opositores de la Cuarta Transformación.

    Y aquí hay un dato clave: la afirmación de Norma Piña sobre “parar” el Tren Maya y el AIFA. Esto, dicho de manera sucinta, se refiere a la proliferación de amparos y suspensiones concedidas por jueces federales que obstaculizaron temporalmente (o buscaron detener definitivamente) la ejecución de obras prioritarias del Gobierno Federal.

    La UNAM, especialmente el Instituto de Investigaciones Jurídicas, lleva tiempo se afanándose en buscar exponentes que tienen una clara afinidad ideológica y académica con la derecha.

    De hecho, al revisar el directorio del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM (IJJ) cualquiera puede percatarse de que, en efecto, ese lugar es una cueva de conservadores.

    De hecho, la actual directora de ese instituto, Mónica González Contró, no estudió en la UNAM, sino en el ITAM.

    Ahora bien, si le echamos un ojo a la sociología del derecho, observaremos que esta supuesta invocación a la “independencia judicial”, en realidad, suele ser utilizada como una bandera de legitimación por grupos conservadores que se sienten amenazados por un cambio de régimen político.

    Y no es necesario ser un genio para percatarse de cómo son las cosas.

    Que Norma Piña haya admitido su modus operandi en la Corte revela que, durante su presidencia, las decisiones judiciales, que legalmente deberían haber sido neutrales, se convirtieron en actos con una clara –y tramposa– intencionalidad política.

    Y eso reafirma muchas de nuestras sospechas: que la suspensión de obras no solo fue una aplicación del derecho, sino una estrategia coordinada de contrapeso al Poder Ejecutivo.

    Y hay algo mucho más grave que lamentar:

    El juicio de amparo, diseñado para proteger al ciudadano de abusos de autoridad, en la época de Piña en la Corte, fue instrumentalizado como una herramienta de freno político por actores con grandes recursos, convirtiendo la defensa legal de los ciudadanos en una batalla a favor de los grandes corporativos.

    Es muy triste –y lamentable- que la UNAM se haya convertido en una cueva de itamitas y una trinchera contra el pueblo.

  • La Corte revisará orden de aprehensión contra García Cabeza de Vaca

    La Corte revisará orden de aprehensión contra García Cabeza de Vaca

    La ministra Lenia Batres elaborará un proyecto que definirá el futuro de la orden de captura contra el exgobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomará una decisión crucial sobre el futuro del exgobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca. La ministra Lenia Batres Guadarrama recibirá la tarea de elaborar un proyecto que se someterá a votación en el Pleno de la Corte. Este proyecto determinará si se mantiene la orden de aprehensión en su contra por delitos graves.

    Todo comenzó cuando la Fiscalía General de la República (FGR) solicitó la captura de García Cabeza de Vaca en octubre de 2022. Las acusaciones incluyen delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita. La FGR alega que beneficiaba a empresas en las que tenía participación, otorgándoles contratos públicos por más de 105 millones de pesos.

    En noviembre de 2023, una jueza federal de Reynosa decidió otorgar un amparo a García Cabeza de Vaca y anuló la orden de aprehensión. Esto llevó a la fiscalía a impugnar la decisión ante la Suprema Corte. El 8 de octubre de 2025, el Pleno de la Corte atrajo el caso con una votación ajustada de cinco a cuatro.

    El proyecto que elaborará la ministra Batres será fundamental para el desenlace del proceso. Mientras tanto, el exgobernador ha conseguido acceder al expediente del caso a través de su defensa. Se espera que la Corte tome una decisión que podría tener un impacto significativo, no solo en la vida de García Cabeza de Vaca, sino también en el panorama político de Tamaulipas.

    Hasta el momento, el caso sigue generando atención y debate. La población espera con interés los próximos pasos de la Corte y la respuesta de la justicia en un asunto que ha captado la atención de muchos. La ministra Batres tendrá la responsabilidad de resolver un tema que afecta a figuras políticas y a la percepción pública de la legalidad en el país.

  • SCJN le corta el show a Salinas Pliego: no habrá aplazamiento de sus multimillonarios juicios

    SCJN le corta el show a Salinas Pliego: no habrá aplazamiento de sus multimillonarios juicios

    El máximo tribunal del país rechazó la petición de Grupo Elektra y TV Azteca de suspender siete litigios por más de 33 mil millones de pesos pese a la oferta de “ajuste” de deuda.

    El Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Hugo Aguilar, negó este martes la solicitud de Grupo Elektra y TV Azteca, empresas de Ricardo Salinas Pliego, para aplazar siete litigios fiscales que suman más de 33 mil millones de pesos, luego de que el empresario ofreciera “ajustar” sus adeudos ante el SAT.

    “No existe disposición legal que faculte al Ministro Presidente suspender el dictado del fallo”, resolvió Aguilar en los siete expedientes, dejando en claro que ni los millones ni los show de televisión detendrán la justicia fiscal.

    Las empresas pretendían frenar el proceso mientras el Gobierno analizaba una carta enviada el 16 de octubre con dos opciones de pago: 5 mil 691 millones de pesos o 8 mil 964 millones de pesos. La Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF) rechazó la propuesta, señalando que podría ser una maniobra para dilatar los juicios.

    A pesar de ello, Elektra interpuso un amparo el 29 de octubre, admitido a trámite por el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa, mientras la SCJN aún no calendariza la discusión de los recursos. Cinco de los créditos fiscales corresponden a Elektra y dos a TV Azteca, todos confirmados previamente por tribunales colegiados en cuanto a legalidad, quedando la Corte únicamente con cuestiones de constitucionalidad.

    En un último intento por frenar los fallos, Salinas Pliego incluso quiso impedir que los nueve ministros analizaran los casos, alegando un supuesto “ambiente adverso” por críticas de la presidenta Claudia Sheinbaum, solicitud que fue desechada de inmediato.

    El conflicto fiscal entre el SAT y las empresas de Salinas Pliego suma más de una década, con adeudos que el empresario califica de “excesivos” mientras el fisco los considera legítimos. Una resolución definitiva de la SCJN podría sentar un precedente histórico en litigios fiscales corporativos y, de paso, recordarle a Salinas Pliego que ni todos sus canales de TV pueden comprar tiempo ante la justicia.

  • SCJN rechaza denuncia del PAN sobre “sobrerrepresentación” de Morena

    SCJN rechaza denuncia del PAN sobre “sobrerrepresentación” de Morena

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación desestima la queja del PAN que cuestionaba la asignación de curules plurinominales a Morena y sus aliados.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la denuncia del Partido Acción Nacional (PAN) por la “sobrerrepresentación” de Morena en el Congreso. Este recurso, presentado por Marko Cortés en agosto de 2024, intentaba revertir la asignación de curules plurinominales a los diputados federales de Morena y sus aliados.

    El PAN argumentaba que existía una contradicción de criterios entre la SCJN y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) en relación con la representación proporcional. Sin embargo, el tribunal consideró que no había tal conflicto, pues cada instancia analizó situaciones jurídicas distintas.

    En su sentencia, la SCJN recordó que en la Acción de Inconstitucionalidad 6/98 estableció que la asignación de diputaciones debe basarse en los votos obtenidos, no en las constancias de mayoría. Por su parte, el Tepjf abordó los límites de sobrerrepresentación en las elecciones por coalición, determinando que el cálculo se debe realizar por partido y no en bloque.

    El ministro Giovanni Figueroa Mejía, quien presentó la propuesta de desechamiento, enfatizó que el PAN malinterpretó un fragmento de un estudio doctrinal de la Corte. Esta confusión provocó que el partido sacara de contexto el análisis sobre la representación proporcional.

    Inicialmente, el caso fue asignado al ahora exministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. Tras su salida, el asunto recayó en Figueroa Mejía, quien aclaró que no existe un conflicto de criterios entre las dos instancias.

    La decisión refuerza la posición de Morena en el Congreso y genera un nuevo capítulo en la dinámica política mexicana, donde se discuten las reglas de la representación legislativa. La SCJN continúa siendo un actor clave en la interpretación de los derechos políticos en el país.

  • Suprema Corte toma decisión histórica al frenar las comisiones excesivas en Afores

    Suprema Corte toma decisión histórica al frenar las comisiones excesivas en Afores

    La SCJN valida que las Afores no cobren comisiones que afecten a los trabajadores, garantizando así su ahorro para el retiro.

    El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó una decisión histórica sobre las Afores. Bajo la Ponencia de la Ministra Yasmín Esquivel, la corte resolvió la constitucionalidad del artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Este artículo establece un límite a las comisiones que pueden cobrar las Afores por sus servicios.

    La Ministra Esquivel destacó que el propósito principal del Sistema de Ahorro para el Retiro es proteger a los trabajadores y sus recursos. Esto significa que los trabajadores no deben enfrentar cargos excesivos que afecten sus ahorros. Además, la sentencia garantiza que las empresas de Afores operen dentro de un marco justo y regulado.

    La disputa comenzó cuando una Afore impugnó la reforma de 2020 que limitaba las comisiones. Un juez de distrito le dio la razón, alegando que la reforma dañaba la confianza de los trabajadores y la libertad de comercio. Sin embargo, el Ejecutivo Federal y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro no estuvieron de acuerdo y llevaron el caso a la SCJN.

    La resolución del Pleno de la SCJN abre una nueva etapa. Ya no se podrán cobrar comisiones que perjudiquen a los trabajadores, quienes a menudo se sienten inseguros sobre su futuro financiero. Esta sentencia no solo protege sus derechos, también fortalece sus ahorros para la vejez.

    Con esta decisión, los trabajadores tienen más seguridad sobre sus recursos. El Sistema de Ahorro para el Retiro busca crear un ambiente donde la confianza y la protección del dinero de los trabajadores sean la prioridad.

  • Corte revierte acuerdo de Piña; ordena a minera pagar 2.8 mmdp en impuestos

    Corte revierte acuerdo de Piña; ordena a minera pagar 2.8 mmdp en impuestos

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación ratifica la sentencia contra Primero Empresa Minera, exigiendo el pago de un crédito fiscal de casi 2.9 mil millones de pesos y dándole fin al acuerdo con la exministra Norma Piña.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió este jueves que Primero Empresa Minera debe pagar 2 mil 868 millones de pesos en impuestos. Esta cantidad incluye el impuesto sobre la renta y otras responsabilidades fiscales correspondientes al ejercicio fiscal de 2012.

    El Pleno de la Corte, de manera unánime, aprobó el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama. Este proyecto revoca un acuerdo previo de la expresidenta Norma Piña Hernández, quien había admitido un amparo solicitado por la minera.

    Batres explicó que la empresa había solicitado aplazar la resolución, argumentando que estaba en diálogo con las autoridades fiscales, sin embargo, la Corte decidió que no había mecanismos que justificaran el aplazamiento.

    La minera sostenía que ciertos artículos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta eran inconstitucionales, por lo que afirmó que violaban su derecho a la seguridad jurídica y el acceso a la justicia. No obstante, la Secretaría de Hacienda argumentó que el caso carecía de interés constitucional.

    La Corte determinó que, aunque hay cuestiones de constitucionalidad, no se trata de un asunto excepcional. Por ello, se resolvió mantener la obligación de la minera de pagar esta deuda fiscal.

    Batres también recordó que la minera había presentado otros amparos relacionados anteriormente. Esto indica que no había un interés excepcional en el caso, lo que llevó a la corte a descartar la solicitud de amparo.

  • SCJN autoriza embargar cuentas del IMSS a pensionados deudores de pensión alimenticia

    SCJN autoriza embargar cuentas del IMSS a pensionados deudores de pensión alimenticia

    La Suprema Corte facilita el embargo parcial de cuentas de retiro del IMSS. Esta nueva medida afectará a pensionados con deudas de pensión alimenticia.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha tomado una decisión que cambiará el panorama para los pensionados del IMSS. Su fallo reciente permite el embargo parcial de las cuentas individuales de retiro para los afiliados bajo la Ley 73 y la Ley 97, lo que pone en tela de juicio el principio de inembargabilidad que hasta ahora se había mantenido firme.

    Es fundamental aclarar que el embargo solo afectará a quienes no cumplan con sus obligaciones de pensión alimenticia. Aquellos que no tienen empleo, propiedades u otros activos quedarán expuestos a esta medida, sin embargo, la restricción será parcial: solo se podrá embargar hasta un 10% de los fondos y siempre bajo autorización judicial.

    El objetivo principal de esta decisión es proteger el bienestar de los menores, ya que la SCJN prioriza el derecho a la alimentación, considerado constitucional, por encima de otros derechos económicos. Así, los recursos embargados se destinarán exclusivamente a cubrir necesidades básicas como alimentación, salud y educación de los niños beneficiarios.

    Este cambio en la legislación implica que, aunque los fondos de retiro se consideraban intocables, ahora se podrán utilizar parcialmente para garantizar la manutención de los hijos deudores, por lo que no se alteran los derechos adquiridos por los pensionados, pero sí se introduce una nueva interpretación que busca balancear la protección patrimonial con la vida de los menores.

    En su resolución, la SCJN dejó claro que el principio de inembargabilidad tiene sus límites. Este principio no está protegido por la Constitución, sino que se basa en leyes secundarias. Por esta razón, cuando hay un derecho superior, como el derecho a la alimentación, puede aplicarse un embargo en circunstancias específicas.

    Este fallo marca un precedente importante en el ámbito de la seguridad social y la justicia familiar. Con esta nueva normativa, el IMSS deberá modificar sus procedimientos administrativos para cumplir con las órdenes judiciales relacionadas con embargos. Los pensionados deben estar atentos a las implicaciones de esta decisión para proteger sus derechos y asegurar que sus recursos se utilicen de manera adecuada.

  • Suprema Corte multó a Salinas Pliego por intentar entorpecer dos juicios fiscales

    Suprema Corte multó a Salinas Pliego por intentar entorpecer dos juicios fiscales

    El máximo tribunal sancionó al empresario y a Grupo Elektra tras desechar sus recursos con los que buscaba excusar a nueve ministros por presunto conflicto de interés en juicios que suman más de 34 mil millones de pesos.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) impuso una multa a Grupo Elektra, propiedad del deudor fiscal, y también empresario, Ricardo Salinas Pliego, por intentar entorpecer y retrasar dos juicios fiscales promovidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que en conjunto superan los 34 mil 373 millones de pesos.

    De acuerdo con el expediente, la empresa presentó dos recursos para que nueve ministros y ministras se excusaran de conocer los casos por presuntos conflictos de interés, entre ellos Lenia Batres, Loretta Ortiz, Estela Ríos, Sara Irene Herrerías y Yasmín Esquivel, así como los ministros Hugo Aguilar, Arístides Rodrigo Guerrero, Giovanni Figueroa e Irving Espinosa.

    Sin embargo, el presidente de la SCJN, Hugo Aguilar, desechó ambas solicitudes “sin mayor trámite” y ordenó una sanción económica contra Elektra, cuyo monto no fue revelado. En la notificación judicial se establece que la empresa abusó del proceso judicial con fines dilatorios, por lo que se dispuso que el billete de depósito correspondiente sea remitido a la Tesorería de la Federación para hacer efectiva la multa.

    Los juicios fiscales en cuestión corresponden a dos créditos del SAT, uno por 33 mil 306 millones de pesos y otro por mil 431 millones, derivados de impuestos, recargos, multas y actualizaciones que la empresa ha impugnado durante años.

    Además, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de la Subprocuraduría Fiscal Federal de Amparos, interpuso un nuevo recurso de reclamación ante la Corte contra un amparo adicional promovido por Elektra. Dicho recurso fue admitido por el ministro Hugo Ortiz Aguilar, y turnado a la ponencia de la ministra Sara Irene Herrerías, quien elaborará el proyecto de sentencia definitiva.

  • Elektra intenta bloquear a SCJN en sus juicios fiscales

    Elektra intenta bloquear a SCJN en sus juicios fiscales

    La empresa del evasor Ricardo Salinas Pliego busca impedir que toda la Suprema Corte resuelva dos casos contra impuestos millonarios. La Corte rechazó la maniobra y multó a Elektra por tratar de retardar los procesos.

    La empresa Grupo Elektra, propiedad del deudor fiscal, y empresario, Ricardo Salinas Pliego, trató de paralizar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La firma buscaba que la Corte no resolviera dos juicios en su contra por créditos fiscales que le impuso el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Estos créditos suman más de 34 mil millones de pesos, entre impuestos, multas, recargos y actualizaciones.

    Para lograr su objetivo, Elektra presentó dos recursos de impedimento, los cuales sirven para separar a un juez o tribunal de un caso si hay sospechas de falta de imparcialidad o conflicto de interés. La empresa quería que los nueve ministros del Pleno de la Corte se declararan impedidos para resolver los amparos relacionados con estos créditos fiscales.

    El intento de Elektra fue rechazado rápidamente, pues el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, negó las solicitudes sin entrar en detalles y, en lugar de aceptar la recusación, impuso multas a la empresa. La razón: buscar retrasar o entorpecer los procesos judiciales.

    Es la primera vez que Elektra intenta bloquear a toda la Corte en sus casos. Antes, solo había presentado recursos en lo individual contra algunos ministros. Ahora, su estrategia buscaba impedir que toda la Corte resolviera los amparos relacionados con el crédito de 2013, que supera los 33 millones de pesos, y otro de 2008 por más de 1,4 millones de pesos.

    Aunque la Corte no dio detalles sobre las razones de Elektra para impedir a los ministros, sí explicó que, de acuerdo a la ley, si una recusación busca retrasar un proceso, la empresa puede ser multada. La ley establece multas que van desde 70 hasta 690 Unidades de Medida y Actualización (UMA), por tratar de entorpecer los juicios.

    Este caso pone en evidencia cómo algunas empresas intentan utilizar todos los recursos legales para retrasar sus procesos fiscales. La Corte, en cambio, reafirma su independencia, rechazando esas maniobras y aplicando las multas correspondientes.

  • Norma Piña bajo la lupa: SCJN prevé revocar amparo que ella admitió

    Norma Piña bajo la lupa: SCJN prevé revocar amparo que ella admitió

    El pleno debatirá revocar la admisión ordenada por la entonces ministra presidenta Norma Piña; la minera involucrada está obligada a pagar 2 mil 868 millones de pesos.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un paso para corregir lo que nuevos ministros califican como prácticas que alargan juicios fiscales: este jueves el pleno discutirá el proyecto de la ministra Lenia Batres para revocar la admisión de un amparo promovido por Primero Empresa Minera, filial de la canadiense First Majestic. De confirmarse, quedará firme la sentencia que r a la minera a pagar 2,868,853,516.57 pesos por impuestos, recargos y multas del ejercicio 2012.

    El proyecto cuestiona directamente el acuerdo del 10 de febrero firmado por la entonces ministra presidenta Norma Piña Hernández, quien admitió el amparo pese a que, según la SHCP, el caso no cumple con los requisitos de “interés excepcional” ni plantea una cuestión constitucional novedosa. La iniciativa de Batres avala la reclamación de Hacienda y apunta a que la admisión fue improcedente y facilitó maniobras dilatorias.

    La Corte ya empezó a sancionar esas tácticas: el 23 de octubre impuso 70 UMA a Primero Empresa Minera por un recurso de impedimento infundado contra la ministra Yasmín Esquivel, y el 1 de octubre multó al Banco Actinver por un intento similar. Los ministros advirtieron que recursos sin fundamento sólo buscan prolongar litigios y obstaculizar la justicia.

    La discusión de este jueves no es solo técnica, ya que pone en entredicho decisiones administrativas de la presidencia pasada de la SCJN y obliga a revisar quiénes y por qué autorizaron reaperturas de amparos ya rechazados en instancias inferiores. Para la SHCP, y ahora para el pleno, se trata de cerrar las puertas a “argucias procesales” que erosionan la eficacia del sistema fiscal y la confianza ciudadana.

    Si el pleno avala el proyecto, la resolución enviará un mensaje claro: la Corte busca agotar las vías para que grandes deudores fiscales no usen trámites excepcionales para evitar responsabilidades económicas.

    Con información de Iván Saldaña para La Jornada