El 28 de junio de 1969 tuvo lugar la “Revuelta de Stonewell” en Nueva York. Este evento consistió en un conjunto de protestas enérgicas, por parte de la comunidad LGBT, que respondían a la redada que tuvo lugar la madrugada del mismo día. Este evento es considerado el inicio del reclamo internacional por los derechos y dignidad de las diversidades sexuales y de género, las cuales hemos sido históricamente discriminadas, rezagas y excluidas en los ámbitos públicos y sociales. Actualmente, en México, el mes de junio es considerado el Mes del Orgullo LGBT y poco a poco se ha ido ganando visibilización social y política, sin que pueda hablarse aún de este país como una sociedad que haya ganado la lucha en ese terreno. Aprovecho este espacio para compartir algunas reflexiones que considero importantes en el contexto de transformación que nos está tocando vivir en nuestro país. Este es el primero de una serie de 3 textos que me permitirán desarrollar de una manera un poco más amplia este tema.
Aunque ya son muy conocidas en ciertos ámbitos de la academia y del activismo, aún parece haber mucha confusión conceptual general con respecto a las categorías de sexo, género y preferencias sexuales, de ahí que opte por comenzar ofreciendo algunos elementos que ayuden a la aclaración de las mismas. En ese sentido, y acudiendo a la línea teórica que he ido desarrollando en los textos anteriores, habría que entender todas estas categorías como construcciones sexuales -es necesario insistir en el carácter no natural de toda categoría y concepto que hemos creado como sociedad- históricamente operantes en las sociedades occidentales y occidentalizadas.
En lo que respecta al sexo, se trata de una categoría que alude a la distinción biológica entre macho y hembra en las especies animales; u hombre y mujer, para el caso específico de la especie humana. Esta distinción ha servido para apoyar ideas religiosas que abogan por la reproducción humana dejada a “la mano de Dios”. Actualmente, se ha comprobado científicamente que esta distinción dicotómica no alcanza a explicar las diferentes configuraciones cromosómicas existentes y que, por lo tanto, la prescripción de encasillar a cada persona en los dos sexos tradicionalmente concebidos no puede seguirse sosteniendo. Un ejemplo de esto son las personas “intersexuales”, las cuales presentan características biológicas que no pueden ser ubicadas en alguna de las dos categorías sexuales hegemónicas, pues, por decirlo de alguna manera, presentan características de ambos sexos.
La categoría de genero refiere a la distinción entre masculino y femenino, es decir a los roles sociales, comportamientos, formas de ser y prescripciones en general que se asocian con uno u otro sexo. Es decir, desde la perspectiva conservadora tradicional, al sexo hombre, le corresponde el género masculino; al sexo mujer le corresponde el género femenino. Esto implica que, de una mujer, por haber sido identificada con dicho sexo, se espera que cumpla con el rol social femenino, lo cual, en una sociedad machista, como la occidental, implica asumir el rol pasivo de la reproducción, siempre con un hombre; la sumisión y subordinación con respecto al hombre; restringirse al ámbito doméstico del cuidado familiar; la práctica de ciertas actividades; la expresión de ciertos comportamientos considerados “femeninos”; etc. Del hombre, por haber sido identificado con este sexo, se espera que se cumpla con el rol activo de la reproducción, siempre con una mujer; asumir el rol dominante, con respecto a la mujer; que participe en el ámbito público; la práctica de actividades “masculinas”; la reproducción de comportamientos reconocidos como “masculinos”; etc.
Los estudios feministas han ayudado a entender que la categoría de género ha servido históricamente a la dominación masculina sobre la mujer, pero también a entender que esto se trata de construcciones sociales y no de cuestiones naturales, como tradicionalmente se ha creído. Por otro lado, con respecto al tema específico que abordo aquí, la categoría de género ha permitido entender de dónde proviene la discriminación de las personas que, aún cuando han sido identificados con cierto sexo, no cumplen con el rol de género que se espera del mismo. El hombre que se comporta de manera “femenina” o la mujer que se comporta de manera “masculina” son personas que no se ajustan al sistema sexo-género y eso ha sido motivo histórico de discriminación y exclusión.
Lo que respecta a la categoría de orientación sexual tiene que ver específicamente con la práctica sexoafectiva que cada persona tiene. La prescripción conservadora tradicional dice que, al sexo hombre, le corresponde el género masculino y una orientación heterosexual, es decir sentir amor y tener sexo con el sexo opuesto, la mujer. Evidentemente, al sexo mujer, le corresponde el género femenino y una orientación heterosexual, es decir, sentir amor y tener sexo con un hombre. Sin embargo, es bien sabido que, en la historia humana, ha habido mujeres que sienten atracción sexual y emocional por otras mujeres o por mujeres y hombres; del mismo modo, ha habido hombres que han sentido atracción sexual y emocional por otros hombres o por hombres y mujeres.
Lo que he avanzado con este texto, apenas alcanza a dar luces a la comprensión de la homosexualidad y la bisexualidad. Pero, también sirve para abrir camino al entendimiento de cuestiones trans o no genéricas. Estos serán los temas que abordaré en el siguiente texto.
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