Durante la discusión de un amparo en la Suprema Corte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó que la libertad sindical y la negociación colectiva son derechos inherentes de la clase trabajadora y no pueden ser afectados por ninguna entidad del gobierno, al analizar un caso relacionado con el Instituto Mexicano del Petróleo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo directo en revisión relacionado con la vulneración de los derechos de libertad sindical y negociación colectiva, en un caso promovido por el Sindicato Independiente de Trabajadores, Técnicos y Profesionistas del Instituto Mexicano del Petróleo contra el propio instituto y el sindicato nacional, por cláusulas del contrato colectivo 2021-2023 consideradas discriminatorias.
Durante su intervención, la ministra Yasmín Esquivel Mossa respaldó el proyecto que amparó a la parte quejosa y enfatizó que estos derechos no deben ser vulnerados por ninguna autoridad, al tratarse de garantías fundamentales de las y los trabajadores.
Asimismo, planteó reforzar el análisis para dejar clara la diferencia entre libertad sindical y negociación colectiva, y subrayó que la modificación de las cláusulas impugnadas implicó una injerencia indebida de la autoridad en acuerdos que corresponden exclusivamente a las partes firmantes del contrato colectivo.













