Etiqueta: Registro Federal de Contribuyentes

  • SAT intensificará lucha contra factureras y busca recaudar 5.8 billones

    SAT intensificará lucha contra factureras y busca recaudar 5.8 billones

    Este año, el Servicio de Administración Tributaria enfocará sus esfuerzos en erradicar la venta de facturas falsas, con el objetivo de aumentar la recaudación fiscal.

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) se prepara para un año intenso en su misión de frenar las factureras. Este organismo tiene como meta recaudar 5.8 billones de pesos en 2026, lo que representa un esfuerzo significativo para mejorar la recaudación fiscal.

    En su estrategia, el SAT planea agilizar las revisiones a personas y empresas involucradas en la venta de facturas falsas. Esto incluye implementaciones de visitas a domicilio para verificar el funcionamiento de estas entidades, así como presentar denuncias penales ante el Ministerio Público. Este enfoque se fundamenta en las recientes modificaciones al Código Fiscal de la Federación que establecieron nuevos tipos penales.

    Además, el SAT ha comunicado que no inscribirá en el Registro Federal de Contribuyentes a aquellas empresas que tengan vínculos con factureras. Si se identifica a un representante, socio o accionista con antecedentes en la emisión de comprobantes fiscales falsos, la empresa quedará excluida de este registro.

    Por otro lado, los contribuyentes que reciban facturas consideradas falsas tienen un plazo de 30 días para rectificar su situación. De no hacerlo, se suspenderá su capacidad para facturar, lo que puede perjudicar sus operaciones comerciales.

    El SAT también priorizará auditorías a empresas o personas que realicen operaciones con factureras. Esto incluye aquellas que muestren pérdidas fiscales recurrentes o simulen deducciones de manera ilegal. También se enfocará en quienes no declaren ingresos, utilicen paraísos fiscales o soliciten devoluciones improcedentes.

    Con esta estrategia, el SAT espera no solo aumentar la recaudación, sino también fomentar un ambiente fiscal más justo y transparente en el país.

  • Otorga SAT prórroga para habilitar Buzón Tributario

    Otorga SAT prórroga para habilitar Buzón Tributario


    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó a los contribuyentes que tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributario; incumplir con esta obligación fiscal después de ese plazo será motivo de infracción.

    Desde 2020, habilitar el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto es un requisito obligatorio para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con excepción de:

    • Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados o suspendidos.
    • Personas físicas sin obligaciones fiscales y sin actividad económica.
    • Los contribuyentes asalariados y asimilados a salarios que hayan obtenido ingresos en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.

    El Buzón Tributario es un canal de comunicación, cuyo objetivo es simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura. Entre los beneficios se encuentran:

    • Portal privado y personalizado.
    • Notificación vía electrónica en cualquier momento y lugar, siempre que se tenga conexión a internet.
    • Conocer de manera oportuna cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados.
    • Recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal.
    • Proporcionar información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales.
    • Reducir tiempos y recursos.
    • Certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como en las operaciones que se realicen.

    PROCESO

    Para habilitar el Buzón Tributario es necesario ingresar al Portal del SAT (sat.gob.mx), dar clic en el botón Buzón Tributario, acceder con RFC y Contraseña o e.firma vigente. Elegir la opción de Configuración y llenar el formulario de medios de contacto, donde se registra un correo electrónico y un teléfono celular.

    Dentro de las 72 horas siguientes es importante confirmar los medios de contacto. Para ello, se enviará un correo electrónico con una liga de confirmación, a la que se tiene que dar clic para verificar el correo; y para el número celular se envía un mensaje SMS con un código, el cual se debe capturar en la opción Configuración del Buzón Tributario.

    Para consultar dudas, habilitarlo por primera vez, actualizar los medios de contacto y conocer más información, se puede visitar el minisitio aquí: http://omawww.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/index.html