Etiqueta: Prisión preventiva oficiosa

  • Gobernadoras y gobernadores de la 4T hacen un llamado a la SCJN sobre la prisión preventiva; decisión del máximo tribunal afectará la seguridad y gobernabilidad, aseguran

    Gobernadoras y gobernadores de la 4T hacen un llamado a la SCJN sobre la prisión preventiva; decisión del máximo tribunal afectará la seguridad y gobernabilidad, aseguran

    Las y los gobernadores de los estados de la República y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México pertenecientes a la Cuarta Transformación, formularon algunas consideraciones respecto de la resolución que deberá emitir el máximo tribunal constitucional del país respecto de la prisión preventiva oficiosa.

    “Este tema fundamental en la vida jurídico-política de nuestro país y de protección a su soberanía constitucional, hacemos un llamado respetuoso para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación considere lo aquí expuesto, ya que se trata de una decisión que impactará directamente en la seguridad pública y gobernabilidad del país y con ello en la de las entidades federativas, de cuyos gobiernos somos responsables”.

    Las y los mandatario de la 4T, se pronunciaron en favor de Amicus Curiae, con absoluto respeto a la figura que representa la SCJN, a efecto de que se considere el principio de supremacía constitucional atendiendo siempre a los derechos de las víctimas del delito, puesto que son ellas quienes resienten directamente las consecuencias de las conductas antisociales.

    Es necesario enfatizar que las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son en efecto vinculantes; sin embargo, éstas deben estar armonizadas y no transgredir el contenido de nuestra Constitución previo pronunciamiento de la propia Suprema Corte. Es decir, resulta de suma importancia mantener un equilibrio entre el respeto a los derechos humanos y el respeto a nuestra soberanía y ordenamiento jurídico interno, mencionan en la misiva.

    “La figura de la prisión preventiva oficiosa responde a una politica de combate al crimen que permite garantizar una adecuada conducción del proceso penal y lograr el esclarecimiento de los hechos, proteger a las víctimas de los delitos, procurar que el responsable no quede impune, asi como lograr que sean reparados los daños causados por el delito”.

    Puntualizaron que la restricción que se pretende declarar inconstitucional se refiere a delitos de alto impacto y de clara repercusión social que en su momento fueron considerados como graves, y en los que el ministerio público sólo puede solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no resulten suficientes para garantizar la comparecencia del imputado a juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad; así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso. Por lo tanto, solo en esas condiciones precisas, el juez ordenaría la prisión preventiva de forma oficiosa.

    “Por lo anterior, con base en lo dispuesto en el articulo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos. Mexicanos, que dispone que la “…Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma…serán la Ley Suprema de toda la Unión”, es válido concluir que, de otorgársele preferencia a una norma de carácter internacional sobre el derecho interno, se traduciría en afirmar que un tribunal contencioso del ámbito internacional tendría el alcance de inaplicar en sentido práctico una norma de rango constitucional, lo que llevaría a vulnerar a la propia Constitución, emanada de la voluntad del constituyente permanente y no de un acuerdo de voluntades entre Estados miembros de la comunidad internacional”.

    Finalmente, es pertinente señalar que en la misma, se establece el procedimiento constitucional para modificar o enmendar su contenido, por lo que les pedimos observancia estricta al artículo 135.

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  • Otorgan amparo a exfiscal de Veracruz, Jorge Winckler Ortiz; podría salir de la cárcel

    Otorgan amparo a exfiscal de Veracruz, Jorge Winckler Ortiz; podría salir de la cárcel

    El Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz otorgó una suspensión provisional al exfiscal de Veracruz, Jorge Winckler Ortiz, para que se cambie la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa que lo mantiene en el penal de Almoloya de Juárez.

    La audiencia del exfiscal general de Veracruz, se llevará a cabo el próximo miércoles 16 de agosto a las 10:00 am. en los juzgados de control de Coatepec, de acuerdo con el oficio de amparo que se le otorgó.

    Con dicho recurso, el fiscal podría salir del penal Almoloya de Juárez donde se encuentra actualmente recluido para llevar su proceso penal con otra medida cautelar, como el arresto domiciliario, al igual que el caso de la jueza Angélica Sánchez.

    Roberto Santos Maldonado Morales, juez de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Décimo Primer Distrito Judicial de Xalapa, con residencia en la congregación de Pacho Viejo, y la directora del Centro Federal de Readaptación Social Número 1, “El Altiplano”, recibieron la notificación.

    “Con apoyo en lo dispuesto por el artículo 128 de la Ley de Amparo, se concede la suspensión provisional del acto reclamado, para el efecto que la autoridad responsable Juez de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Décimo Primer Distrito Judicial de Xalapa, con residencia en la Congregación de Pacho Viejo, Veracruz: Fije una audiencia de revisión de la medida cautelar impuesta en la que decrete el cese de la prisión preventiva oficiosa en favor del aquí quejoso”, se lee en la resolución.

    En dicha resolución, ambas partes podrán debatir la imposición de cualquier otra medida cautelar contemplada en el artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales y conforme con lo establecido en los artículos 161. Además, en el caso de Jorge Winckler se pide que se desahoguen los medios de prueba presentados por el imputado, ahora quejoso.

    Asimismo, se añadió que la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa se decretó en su caso sin tomar en cuenta que dicha medida fue declarada inconvencional.

    “Con todo, la mera solicitud de la fiscalía de imponer al imputado como medida cautelar la prisión oficiosa no constituye una razón jurídica válida y suficiente para justificar tal actuación. De modo que, con independencia de lo que se alega por cuanto al fondo del asunto en los conceptos de agravio, en uso de la apariencia del buen derecho, la imposición de la medida cautelar impuesta al quejoso, en sí misma considerada, por el momento, resulta desproporcionada”, señala el texto.

    Jorge Winckler, exfiscal del estado de Veracruz, se encuentra privado de la libertad en el penal de Almoloya de Juárez ya que está acusado de los delitos de privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro y desaparición forzada de personas.

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  • Juez niega amparo a padre de Mauricio Tabe; buscó evadir la prisión preventiva

    Juez niega amparo a padre de Mauricio Tabe; buscó evadir la prisión preventiva

    Daniel Tabe, padre del alcalde de la Miguel Hidalgo, Mauricio Tabe Echartea, continuará vinculado a proceso. Un juez de distrito le negó el amparo contra la prisión preventiva que se dictó en su contra por el delito de homicidio calificado en grado de tentativa, luego de que el 27 de septiembre de 2022 amenazó con un cuchillo a un verificador del Instituto de Verificación Administrativa.

    Sin embargo, impugnó el fallo por medio de un recurso de revisión. El caso se turnó a un tribunal colegiado, que resolverá si confirma, modifica o revoca la resolución de primera instancia.

    El juez consideró infundados los agravios formulados por el equipo de abogados del quejoso, quienes argumentaron que el cuchillo era de utilería.

    El impartidor de justicia determinó que el auto de vinculación a proceso se encuentra debidamente fundado y motivado, por lo que no se vulneraron los derechos de legalidad, seguridad jurídica, debido proceso y presunción de inocencia, además de que sus abogados aceptaron que ocurrieron los hechos y que participó en los mismos.

    Resolvió que la prisión preventiva oficiosa se encuentra apegada al marco legal, toda vez que los hechos delictivos se cometieron con medios violentos y suponiendo, sin conceder, que el cuchillo era de utilería, su utilización cumplió la finalidad de intimidar a la víctima.

    Aun suponiendo sin conceder que el cuchillo que fue utilizado en la realización de los hechos ocurridos el 27 de septiembre de 2022, como lo refirió la defensa, era de utilería, al respecto, los tribunales colegiados han establecido que cuando se amague o amenace a una persona con un mal grave, presente e inminente, capaz de intimidarlo, de manera que si en autos se probó que al momento de verificarse el delito el acusado amagó con una pistola al ofendido (en este caso cuchillo), a la postre resultó pericialmente que dicho artefacto era de material plástico, o sea, de juguete.

    Por ello, el juez agregó que es indudable que su utilización cumplió la finalidad pretendida por el activo, pues resulta innegable que en esos instantes, ante el temor de un mal grave, presente e inminente, el ofendido resultó intimidado, por lo que se acredita que el delito fue cometido con medios violentos, por lo que en el caso resulta legal la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa por haber realizado el delito con medios violentos con un arma, como en el caso se trató de un cuchillo.

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  • El Mejor Cartón del Día

    El Mejor Cartón del Día

    El mejor cartón de este 30 de noviembre se titula “Suprema Toga Protectora” y es del maestro Helio Flores; la ilustración publicada por El Universal critica a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que ha decidido eliminar la prisión preventiva oficiosa para los facturaros y criminales fiscales.

    Ahora quienes sean investigados por los mencionados delitos, podrán ser sujetos a prisión preventiva, solo en caso de que un juez lo determine conveniente, pero no serpa automático.

  • AMLO condena que la SCJN haya eliminado la Prisión Preventiva Oficiosa para criminales fiscales

    AMLO condena que la SCJN haya eliminado la Prisión Preventiva Oficiosa para criminales fiscales

    La tarde de ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que el día de ayer determinó eliminar la Prisión Preventiva Oficiosa (PPO) para los delitos de r contrabando, defraudación fiscal y los denominados “factureros”, por lo que las personas que sean acusadas e investigadas por los mencionados ilícitos aún podrán pisar la cárcel, siempre y cuando algún juez decida aplicar la prisión preventiva justificada.

    Hace algunos momentos el Presidente Andrés Manuel López Obrador dio su opinión al respecto, lamentando que ahora los llamados criminales de “cuelo blanco” puedan evitar el ir a prisión y agregó que ayer fue un mal día para el Poder Judicial.

    “Ahora resulta de que quien hace operaciones ilícitas, en lo fiscal, tiene protección. La denuncia pública y seguir señalando de que no hay todavía una verdadera imparctición de justicia (…) También la gente sabe que se necesita por eso seguir con la transformación, porque estamos hablando de siglos de ese comportamiento faccioso en que las instituciones al servicio de las minorías, de que solo se castiga a quien no tiene con qué comprar la inocencia”, criticó duramente el Presidente.

    En el mismo contexto López Obrador explicó que darle impunidad a los delincuentes fiscales que defraudan a la Hacienda Pública es lo mismo que defraudar al pueblo, ya que hay menos ingresos para la mencionada dependencia, y por ende, disminuye el presupuesto para educación, salud y en general el desarrollo del país.

    Andrés Manuel detalló que claramente hubo presiones para que los magistrados tomaran tal decisión y acotó que las magistradas votaron para que los delitos fiscales sí sean castigados.

    “Por eso hay que impulsar la participación de las mujeres, porque las mujeres son más trabajadoras, con más convicciones, más definida, más honrada que los hombres, dos o tres mujeres fueron las que votaron, todos los demás como empleados de los “machuchones” de pena ajena, lamentable”, aseveró AMLO.

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  • SCJN determinan que la Prisión Preventiva Oficiosa se mantiene, excepto para tres delitos

    SCJN determinan que la Prisión Preventiva Oficiosa se mantiene, excepto para tres delitos

    Por decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prevalecerá en México la Prisión Preventiva Pficiosa (PPO), sin embargo, será excepción para los acusados por contrabando, defraudación fiscal y los denominados factureros.

    Cabe señalar que en la sesión se requerían de al menos el voto de ocho ministros y ministras para declarar inconstitucional la medida cautelar; sin embargo, sólo obtuvo cinco votos a favor.

    A pesar de que se coincidió en que dicha medida cautelar violenta los derechos humanos, durante la sesión de este jueves, la propuesta de acotarla para que ya no se aplique de manera automática no fue aprobada.

    No obstante, pese a esta declaratoria de invalidez, las personas que sean acusadas por estos delitos todavía pueden ir a la cárcel mientras duren sus procesos penales, pues podrán ser sujetas a la medida de prisión preventiva justificada en la que los fiscales deberán acreditar la necesidad de aplicar esta medida privativa de la libertad.

    AMLO reitera que debe haber una Reforma para el Poder Judicial

    El Presidente Andrés Manuel López Obrador rechazó reiteradamente el proyecto, asegurando que la postura de eliminar la prisión preventiva oficiosa implicaría la pérdida de vidas humanas, tanto de víctimas como de elementos de la policía, el Ejército y los propios jueces.

    En este sentido, López Obrador, durante su conferencia de prensa de este jueves 24 de noviembre reiteró sus intenciones de que haya una Reforma para el Poder Judicial, denunciando que algunos jueces realizan los llamados “sabadazos”, en referencia a las resoluciones para liberar a delincuentes en días no hábiles.

    El Jefe del Ejecutivo Federal mencionó que la Reforma no se trata de “socavar” la credibilidad del Poder Judicial, ya que no se puede generalizar, además de que la Judicatura, “el poder judicial dentro del mismo”, no inicia ningún proceso de investigación en los mencionados casos.

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  • El Jefe de Jefes, Felix Gallardo podría salir de prisión después de 33 años en la cárcel

    El Jefe de Jefes, Felix Gallardo podría salir de prisión después de 33 años en la cárcel

    Debido a su condición de salud, Miguel Ángel Félix Gallardo, uno de los fundadores del extinto Cártel de Guadalajara, podría salir del penal estatal de Puente Grande, Jalisco y recibir la medida cautelar de prisión domiciliaria este viernes 23 de septiembre del 2022.

    No obstante, deberá portar un brazalete electrónico, entregar su pasaporte y estar bajo vigilancia constante.

    El exlíder del Cártel de Guadalajara, podría volver a casa hoy posiblemente por la tarde, después de que en una audiencia se verifique un brazalete electrónico que usará para su salida de la cárcel , después de permanecer 33 años en la cárcel por delitos como delitos contra la salud, acopio de armas, narcotrafico homicidio de Camarena, exagente de la Administración de Control de Drogas (DEA).

    Bajo las condiciones de portar un brazalete electrónico, entregar su pasaporte y estar bajo vigilancia constante, el “Jefe de Jefes” terminará de cumplir en su domicilio la sentencia de 40 años de prisión que un juez federal le dictó y comenzará a pagar una segunda condena de 37 años por el homicidio de Enrique Camarena y del piloto mexicano Alfredo Zavala, cometidos en 1985.

    Condiciones de salud de Miguel Ángel Félix Gallardo

    La razón para dejarlo salir de Puente Grande no sólo responde a su avanzada edad, el Jefe de Jefes de 76 años de edad, también presenta varios padecimientos de salud que le habrían dado su salida de la cárcel para mantenerse en prisión domiciliaria en Zapopan, Jalisco.

    De acuerdo con Rosa Icela Rodríguez, titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), el pasado 15 de septiembre, a través de la conferencia de prensa del presidente Andrés Manuel López Orbador, Félix Gallardo tiene hasta 22 padecimientos, entre ellos cáncer facial, diabetes y neumonía.

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  • Ministro de la SCJN retira proyecto que pretendía eliminar la Prisión Preventiva Oficiosa; elaborará un nuevo documento

    Ministro de la SCJN retira proyecto que pretendía eliminar la Prisión Preventiva Oficiosa; elaborará un nuevo documento

    Hace algunos minutos concluyó la tercera sesión de esta semana en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre la Prisión Preventiva Oficiosa, donde se discutía si es que ésta es o no violatoria a los Derechos Humanos y a la Constitución.

    El Ministro Luis María Aguilar, quien en un principio fue autor del proyecto en discusión, anunció que este jueves retira el documento para comenzar con la elaboración de uno nuevo, sin embargo no fijó fecha para la exposición, análisis y votación.

    “Retiro el proyecto para reconstruir la propuesta y tratar de unir los puntos de conexión, así como matizar aquellos puntos que nos separan. Esto, con la finalidad de expulsar los efectos dañinos de la prisión preventiva oficiosa de las vidas de los mexicanos”.

    Explicó.

    En las dos discusiones realizadas esta semana, la mayoría de los ministros se dijeron en contra del uso excesivo de la prisión preventiva oficiosa, la cual se aplica en automático cuando a alguna persona se le imputa alguno de los delitos establecidos en el artículo 19 de la Constitución, que contempla homicidio y robo.

    Durante las sesiones, igualmente se mostraron en desacuerdo con que el Poder Judicial pudiera modificar la el mencionado artículo de la constitución, señalando que eso le compete al Congreso.

    Ante estas cuestiones, Aguilar optó por elaborar un nuevo documento que “armonice” todas las posturas a favor y en contra expresadas ante el tema de la Prisión Preventiva Oficiosa.

    Este mismo jueves, Ricardo Mejía Berdeja, subsecretario de Seguridad Pública y Ciudadana del Gobierno de México, expuso igualmente que sería un fraude a la Constitución que la Suprema Corte eliminara leyes o las modificara bajo el amparo de la interpretación.

    Tanto el presidente, como Mejía Berdeja, explicaron del mismo modo que la Prisión Preventiva Oficiosa protege a las víctimas y sus familias de los agresores, y eliminarla dejaría en libertad a miles de delincuentes como violadores, asesinos y pederastas.

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  • Pleno de SCJN resolverá el jueves debate sobre la prisión preventiva oficiosa

    Pleno de SCJN resolverá el jueves debate sobre la prisión preventiva oficiosa

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votará el jueves sobre la prisión preventiva oficiosa, después de un segundo día de debate en el Pleno.

    El ministro Luis María Aguilar Morales solicitó esperar al próximo jueves 8 de septiembre para votar definitivamente el proyecto en el que propuso no aplicar la prisión preventiva oficiosa conforme a la Constitución.

    Durante la sesión señaló en el Pleno que se deben tomar tiempo para decidir si retirará su proyecto o lo modificará para ajustarlo al criterio de la mayoría, ya que coinciden en limitarla para que deje de imponerse de manera automática.

    Aguilar Morales solicitó oportunidad de realizar una exposición el jueves para saber si debe incluso retirar el proyecto para reelaborarlo.

    “Solicito que la votación se tome el jueves, para poder analizar y reflexionar inclusive, para poder asumir, contradecir algunas de las reflexiones que se han realizado aquí con el deseo de saber si debo, frente a ustedes, retirar el proyecto para reelaborarlo o bien, votarlo y hacer un proyecto de engrose”, dijo.

    Cabe señalar que el proyecto necesita para ser aprobado ocho de los 11 votos, y tiene tres en contra de Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Alberto Pérez Dayán.

    ¿Qué es la prisión preventiva oficiosa?

    La prisión preventiva es una figura legal que permite encarcelar a las personas sin que hayan sido condenadas. Es una medida cautelar impuesta por un juez, que consiste en privar de forma temporal a un individuo de su libertad.

    La prisión preventiva no podrá ser superior a dos años. Si cumplido este término no se ha pronunciado sentencia, el imputado será puesto en libertad de inmediato mientras se sigue el proceso, a menos que el tiempo se prologue por el ejercicio de defensa del imputado.

    La prisión preventiva oficiosa se considera contraria a los Derechos Humanos, ya que es una medida que presenta efectos dañinos para el sistema penal y la sociedad, ya que hay personas que han pasado muchos años en prisión sin que tengan una sentencia.

    En este sentido, la propuesta no busca negar la prisión preventiva, sino que el Ministerio Público debe solicitarla de forma justificada y usarse de forma excepcional, de ahí que no se liberará a quienes estén presos en automático.

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    El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldivar Lelo de Larrea, levantó la sesión ordinaria donde se discutía declarar inconstitucional o no la figura de la prisión preventiva oficiosa, y citó a los ministros para seguir debatiendo este asunto en la sesión mañana martes.

    Hasta el cierre de la sesión de este lunes, cuatro de los 11 ministros que integran el máximo órgano de justicia electoral del país adelantaron que su voto será en contra del proyecto del ministro Luis María Aguilar, que plantea eliminar la prisión preventiva oficiosa.

    Los ministros que anunciaron que irán en contra de este proyecto son Alberto Pérez Dayán, Loretta Ortiz Ahlf, Yasmín Esquivel y Juan Luis González Alcántara.

    En la presentación del proyecto, que plantea declarar la invalidez de esta figura, el ministro Luis María Aguilar señaló que “la prisión preventiva oficiosa es contraria a los derechos humanos y, para armonizar, es necesario optar por la protección de derechos y libertades”.

    Argumentó que en México 92 mil personas están detenidas de manera preventiva y aseguró que esto “representa un abuso y sencillamente es pernicioso”.

    En cambio, la ministra Yasmín Esquivel dijo estar en contra de que la Suprema Corte “despoje al Estado mexicano de la potestad para determinar bajo qué casos y qué condiciones pueden restringirse los derechos humanos”.

    “Los ministros no somos responsables de redactar o reformar la Constitución. La prisión preventiva oficiosa es indispensable para la protección de derechos humanos de las víctimas”, enfatizó.

    En el mismo sentido, la ministra Loretta Ortiz señaló que la Corte no está facultada para inaplicar una norma consagrada en la Constitución, y hacerlo pondría en duda incluso la división de poderes.

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