Etiqueta: Nueva resolución

  • Mario Aburto podría salir de prisión en marzo de 2024

    Mario Aburto podría salir de prisión en marzo de 2024

    El primer tribunal colegiado en materia penal con sede en Toluca, Estado de México, ordenó que “se deje insubsistente la sentencia” dictada en noviembre de 1994 en contra de Mario Aburto Martínez, quien confesó que mató al candidato del PRI a la presidencia de la República de ese año, Luis Donaldo Colosio.

    Por este delito fue condenado a 45 de prisión, sin embargo, con esta resolución en vía de amparo se abrió la posibilidad de que recupere su libertad a más tardar en marzo de 2024.

    La resolución del magistrado Rubén Arturo Sánchez y el secretario en funciones de magistrado Luis Alberto Castro Velázquez; además del voto particular en contra del magistrado José Pablo Pérez Villalba, se determinó que se emita una nueva, en la que se determine la pena por el delito de homicidio calificado con premeditación y alevosía contemplada en el Código Penal del Estado de Baja California.

    Dentro de su decisión, los magistrados señalaron que la pena por asesinato de acuerdo a estas leyes es de 16 a 30 años de prisión.

    Por lo anterior, de obtener la pena máxima que es de 30 años la cual se cumplirá el 23 de marzo de 2024, podría salir libre después de la fecha mencionada.

    Luis Donaldo Colosio fue asesinado el 23 de marzo de 1994, en la colonia Lomas Taurinas, Tijuana, al terminar un evento de campaña.

    No te pierdas:

  • Juez otorga amparo a José Luis Abarca Velázquez, exalcalde de Iguala, para emitir nueva resolución sobre prisión preventiva

    Juez otorga amparo a José Luis Abarca Velázquez, exalcalde de Iguala, para emitir nueva resolución sobre prisión preventiva

    José Luis Abarca Velázquez, exalcalde de Iguala, obtuvo un amparo para efectos de que un juez de procesos penales del Estado de México se pronuncie nuevamente sobre su solicitud de cambio de la prisión preventiva oficiosa que se le impuso en la causa penal por delincuencia organizada, lavado de dinero y enriquecimiento ilícito.

    Velázquez solicitó el cambio de medida cautelar alegando problemas de salud diversos, asimismo que la prisión provisional no puede ser superior a dos años y pidió llevar su proceso en prisión domiciliaria portando brazalete electrónico, lo que le fue negado por el secretario en funciones de juez del Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, con residencia en Toluca, en resolución del 12 de mayo de 2023 en la que señaló que existe un riesgo de sustracción de la justicia del imputado.

    Por lo anterior, el experredista reclamó vía amparo la resolución mencionada al titular del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, Everardo Maya Arias, quien determinó que se transgredieron los derechos humanos de Abarca Velázquez y sus garantías de protección; en relación con el derecho a no ser privado de su libertad arbitrariamente; al control judicial de la privación de la libertad; a la presunción de inocencia, y a la igualdad y no discriminación.

    Maya Arias ordenó al secretario en funciones de juez citar a las partes procesales a nueva audiencia y dictar una nueva resolución en la que “inicialmente deberá considerar que la sola existencia las sentencias emitidas en los casos TZOMPAXTLE TECPILE Y OTROS VS. MÉXICO, constituye una variación objetiva a las condiciones que justificaron la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa que le había sido impuesta al quejoso”.