Con menos sesiones y menos ponencias, el Pleno de la SCJN resolvió 898 asuntos en cuatro meses y consolidó precedentes obligatorios con mayor solidez constitucional.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reportó que, tras la reforma judicial, su nuevo modelo concentrado en el Pleno elevó de manera significativa la eficiencia del Máximo Tribunal. Entre septiembre y enero, resolvió 898 asuntos en 64 sesiones, con un promedio de 14 casos por sesión, lo que representa una capacidad 5.4 veces mayor frente al esquema anterior al comparar el mismo periodo y tipo de asuntos.
La Corte destacó que estos resultados se alcanzaron con una estructura más compacta: 20% menos sesiones y 10% menos ponencias, pero con mayor productividad. Tan solo en diciembre de 2025 se resolvieron 159 asuntos en siete sesiones, cifra récord en la historia del tribunal.
Más deliberación, precedentes más sólidos
A partir de la reforma, el Pleno —integrado por nueve ponencias— concentra toda la función jurisdiccional, sustituyendo el modelo previo en el que el 89.6% de los casos se resolvía en Salas con solo cinco ponencias. Hoy, el 100% de los asuntos es analizado por el Pleno, lo que implica 64% más perspectivas deliberativas por sentencia.

Esta transformación ha fortalecido la calidad de los precedentes. Entre las resoluciones recientes destacan la invalidez de requisitos discriminatorios en la Ley del ISSSTE para acceder a pensión por concubinato; criterios con perspectiva de género e interseccionalidad en casos de desaparición forzada; protección a la infancia con discapacidad ante negativas de aseguradoras; y el reforzamiento de libertades como expresión, reunión y protesta social.
Asimismo, el tribunal fijó criterios sobre libertad religiosa en la expedición de pasaportes, la gravedad del feminicidio en la imposición de penas y la participación política de pueblos indígenas conforme al artículo 2º constitucional.
Desde la reforma al artículo 94 constitucional, las decisiones aprobadas por mayoría calificada constituyen precedente obligatorio, aun cuando no se traduzcan de inmediato en tesis publicadas en el Semanario Judicial.
Con información de César Arellano y Néstor Jiménez para La Jornada.
