Etiqueta: Ecosig

  • AMLO protege los derechos de la comunidad LGBTIQ+: Nunca más se criminalizará a la diversidad. Se publica en el DOF decreto que castiga y prohíbe definitivamente el ECOSIG

    AMLO protege los derechos de la comunidad LGBTIQ+: Nunca más se criminalizará a la diversidad. Se publica en el DOF decreto que castiga y prohíbe definitivamente el ECOSIG

    El pasado 7 de junio, en su edición vespertina, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó una reforma crucial que prohíbe y sanciona las terapias de conversión en México.

    La nueva legislación, que entra en vigor de inmediato, establece severas sanciones para quienes practiquen estas intervenciones dañinas y discriminatorias. El objetivo es salvaguardar el libre desarrollo de la personalidad de todas las personas, garantizando que su orientación sexual, identidad o expresión de género no sean obstaculizadas, restringidas o suprimidas.

    La legislación, que estuvo en pausa durante dos años en el Congreso, fue finalmente aprobada por la Cámara de Diputados el 23 de marzo, con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones. Anteriormente, en octubre de 2022, había recibido la aprobación del Senado.

    De acuerdo con la nueva ley, las sanciones para quienes realicen terapias de conversión incluyen:

    • Prisión: De dos a seis años.
    • Multa: De mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

    Estas penas se duplicarán si las víctimas son menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad. Además, si los infractores son padres, madres o tutores, podrían enfrentarse a sanciones de amonestación o apercibimiento según la consideración del juez.

    Circunstancias agravantes

    Las sanciones también aumentarán al doble si el perpetrador mantiene una relación laboral, docente, doméstica, médica u otra relación de subordinación con la víctima. El uso de violencia física, psicológica o moral, así como el abuso de una función pública para cometer el delito, también serán considerados agravantes.

    Para iniciar una investigación sobre estas prácticas, bastará con la presentación de una denuncia. Este enfoque facilita el acceso a la justicia para las víctimas y asegura que se tomen medidas rápidas contra los perpetradores.

    Esta reforma representa un paso significativo hacia la protección de los derechos humanos y la eliminación de prácticas coercitivas y discriminatorias en México.

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  • Kenia López, Lilly Téllez y otros panistas se abstuvieron de votar contra los Ecosig

    Kenia López, Lilly Téllez y otros panistas se abstuvieron de votar contra los Ecosig

    El pasado martes, 11 de octubre del 2022, con 59 votos a favor, 2 en contra y 15 abstenciones, el Pleno del Senado de la República aprobó el dictamen que reforma el Código Penal Federal y la Ley General de Salud, con el objetivo de prohibir y sancionar penalmente los “Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig)”, también conocidos de manera errónea como terapias de conversión.

    Sin embargo, senadores del Partido Acción Nacional (PAN), como Lilly Téllez y Kenia López Rabadán, titular de la comisión de los DD.HH. abstuvieron de votar en contra de la iniciativa la cual castigar con prisión a quienes apliquen, financien u obliguen a una persona a someterse a someterse a un tratamiento que suprima su orientación sexual.

    Antes de ser aprobada, algunos senadores del PAN argumentaron que tenían dudas de la redacción de la iniciativa por lo que decidieron abstenerse y acusaron que el dictamen no pasó por la Comisión de Salud, además de que no se publicó en la Gaceta de este martes.

    Fin de las Ecosig

    La iniciativa plantea que este tipo de prácticas son violatorias de los derechos humanos y una forma discriminatoria que excluye a las personas por su preferencia sexual. Además, están relacionadas con actos de privación de la libertad, violaciones “correctivas”, violencia económica y tortura en contra de las víctimas.

    Tras la aprobación, se sancionará con dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

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