SCJN establece que condenas por feminicidio no podrán ser reducidas por reinserción social

La Suprema Corte sienta jurisprudencia: ningún juez podrá disminuir la pena de feminicidas alegando derecho a la reinserción social.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que ningún juez del país podrá reducir la condena de una persona sentenciada por feminicidio bajo el argumento de su derecho a la reinserción social. La resolución revoca un fallo que había reducido de 50 a 42 años y medio de prisión la pena de Diego Urik Mañón, condenado por el feminicidio de Jessica González Villaseñor, maestra asesinada en Morelia en 2020.

El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz señaló que el caso involucró un homicidio brutal: “La víctima murió por traumatismo cráneo encefálico, su cuerpo fue abandonado en un lugar despoblado, lo que obliga a revisar el actuar de la autoridad que redujo la pena”.

El caso llegó a la Corte mediante el amparo directo en revisión 4872/2024, promovido por la familia de Jessica. Los tribunales de Michoacán habían reducido inicialmente la sentencia, decisión que posteriormente fue confirmada por el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito.

El proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf fue aprobado por unanimidad. Ortiz Ahlf subrayó que el derecho a la reinserción social, previsto en el artículo 18 constitucional, “no es un factor que los jueces deban considerar al individualizar la pena, incluida la determinación del grado de culpabilidad”. Agregó que el tribunal debió sancionar la conducta conforme al contexto de violencia del delito.

Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa resaltó la importancia de la perspectiva de género en la impartición de justicia: los tribunales anteriores ponderaron la juventud del acusado sobre el derecho de la víctima a ser protegida, lo que “privó a la víctima de su derecho de ser mujer”.

Ahora, el Pleno ampara a las víctimas indirectas y establece que la reinserción social no puede ser argumento para disminuir la pena en casos de feminicidio. Además, ordena devolver el expediente al Tribunal Colegiado para emitir una nueva resolución debidamente fundamentada.

Con información de Iván Saldaña para La Jornada

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