Pueblo otomí vence al Ayuntamiento: tumban plan inmobiliario en Edomex

Un juez federal tumbó el plan urbano de Nicolás Romero tras confirmar que se intentó imponer sin consultar al pueblo otomí de San Francisco Magú, la comunidad logró detener los proyectos inmobiliarios y obligó al municipio a realizar una consulta indígena real.

Se concedió un amparo al pueblo indígena otomí de San Francisco Magú por parte de El Poder Judicial de la Federación, en el Estado de México, al determinar que el Plan de Desarrollo Municipal de Nicolás Romero aprobado en 2023 violó su derecho a ser consultado antes de permitir la entrada de proyectos inmobiliarios en su territorio. Con la sentencia, el plan queda invalidado y el ayuntamiento deberá reiniciar todo el proceso con una consulta formal, transparente y apegada a estándares internacionales.

Los defensores señalaron que el amparo representa una oportunidad para abrir un nuevo capítulo en el trato a las comunidades originarias del país, pues consideraron que esta resolución podría convertirse en un parteaguas para frenar la imposición de proyectos que afectan a pueblos indígenas sin brindarles información, sin reconocer sus costumbres y sin garantizarles condiciones de igualdad frente a decisiones gubernamentales.

El Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero, que acompañó el litigio, explicó que los pobladores promovieron el amparo 501/2023-V para frenar la autorización del plan urbano que pretendía habilitar desarrollos inmobiliarios sobre tierras indígenas. Su coordinador, Antonio Lara Duque, sostuvo que la comunidad enfrentaba un impacto ambiental y cultural irreversible si el proyecto avanzaba sin considerar su participación. El juez de distrito coincidió y determinó que las autoridades municipales impulsaron el plan sin informar adecuadamente a los habitantes ni garantizar su derecho de participación.

El fallo también subraya que la administración municipal difundió un proyecto de plan urbano sin garantizar que la comunidad otomí pudiera acceder a la información necesaria, lo que afectó su capacidad para opinar y decidir sobre su territorio. El juzgado indicó que cualquier consulta debe realizarse con herramientas adecuadas a las condiciones socioculturales de la comunidad, para evitar que limitaciones tecnológicas se conviertan en un obstáculo para ejercer sus derechos.


La resolución marca un precedente para los pueblos originarios del Estado de México, una entidad donde, de acuerdo con el CDHZL, las comunidades indígenas han enfrentado durante décadas la falta de reconocimiento y protección institucional. La organización hizo un llamado al ayuntamiento de Nicolás Romero para que reponga el proceso de consulta de manera seria, incluyente y con respeto pleno a los estándares internacionales que rigen la participación de pueblos indígenas en decisiones territoriales.

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