El nuevo mecanismo coordina acciones a nivel federal, estatal y municipal para garantizar una búsqueda inmediata con difusión masiva.
Este jueves 19 de febrero entró en vigor el Protocolo Nacional para la Activación de la Alerta Nacional de Búsqueda, Localización e Identificación de Personas Desaparecidas y No Localizadas, tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación. El mecanismo establece procedimientos coordinados a nivel municipal, estatal y federal para garantizar una respuesta inmediata ante denuncias de desaparición.
El protocolo define que la alerta se activará una vez que la persona sea registrada en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas y en la Base Nacional de Carpetas de Investigación. Asimismo, contempla lineamientos técnicos para la gestión de accesos, control de autenticación, trazabilidad de operaciones y difusión de fichas de búsqueda, con el fin de asegurar el registro, consulta y canalización de información a autoridades y particulares.
La administración del sistema estará a cargo de la Comisión Nacional de Búsqueda, a través de sus direcciones. El protocolo establece acciones preventivas frente a delitos como desaparición forzada o cometida por particulares. El uso indebido de la alerta podrá derivar en responsabilidades administrativas o penales.
El procedimiento contempla el envío automatizado de fichas de búsqueda a fiscalías, comisiones locales y diversas instituciones públicas y privadas, que deberán confirmar su recepción y abrir expedientes correspondientes. La difusión será masiva a nivel nacional, salvo excepciones justificadas por familiares o representantes. En casos de vulnerabilidad, las fiscalías activarán mecanismos como Alerta AMBER o Protocolo Alba.

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