Menores víctimas de abuso no serán obligados a declarar otra vez: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que no se podrá someter a nuevos interrogatorios a menores de edad que han sido víctimas de abuso sexual agravado, cuando la defensa del acusado ya renunció previamente a esa prueba durante el proceso penal. La decisión tiene como objetivo evitar la revictimización de las víctimas y priorizar el llamado interés superior de la infancia.

El caso que dio origen a esta resolución se relaciona con el proceso penal en contra de un padre de familia condenado por delitos sexuales cometidos contra sus dos hijos menores de edad. Tras la sentencia condenatoria, la defensa promovió un juicio de amparo alegando vulneración de su derecho a presentar pruebas, y un tribunal colegiado ordenó reponer el juicio para volver a escuchar a las víctimas.

Ante esa orden, tanto la madre de los menores como la propia SCJN señalaron que ordenar nuevos interrogatorios constituiría una revictimización injustificada, ya que la defensa había renunciado expresamente a esa prueba durante el juicio original.

La Suprema Corte revocó la determinación del tribunal colegiado y estableció que, en este tipo de casos, la protección de la salud mental y emocional de las víctimas menores de edad debe primar sobre las necesidades procesales de la defensa, siempre que ésta haya renunciado formalmente a la práctica de la diligencia. 

El pleno subrayó que el procedimiento penal debe garantizar que las víctimas no sufran daños adicionales derivados de su participación reiterada en el proceso, y que sus derechos humanos y garantías procesales sean respetados en todas las etapas sin exponerlas a sesiones de revictimización.

En la decisión, los ministros destacaron que el concepto de interés superior de la infancia implica un deber reforzado por parte del Estado mexicano para evitar medidas que puedan generar daño psicológico o emocional adicional. En ese sentido, el tribunal resolvió que “el derecho de defensa no puede invocarse para justificar prácticas que pongan en riesgo la integridad emocional de las víctimas menores de edad”, y que la falta de desahogo de las declaraciones no puede atribuirse al sistema judicial si fue la propia defensa quien desistió de esa prueba.

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