La ignorancia de los legisladores de la derecha, de golpismo en golpismo

Opinión de Mónica "La Diosa de la Justicia"

Es verdaderamente increíble que tengamos diputados y senadores que no conocen la ley y tomen como referencia una propuesta de reforma para golpear al presidente y difundir en todos los medios y redes sociales que el presidente pretende confiscar, robar, apoderarse del dinero de los cuentahabientes si estos no tienen un movimiento, en especial la pseudo senadora Lilly Tellez publica en su cuenta de twitter lo siguiente:

“Si usted tiene cuentas bancarias de ahorro, asegúrese de hacer movimientos ya.

El gobierno de Morena tiene licencia para robarle su dinero y dárselo al ejército”

Es vergonzoso que una persona que se dedica a legislar demuestre su ignorancia de esa manera, y además utilice un proyecto de reforma para calumniar al gobierno de la 4T señalando que van a robarse el dinero de las cuentas bancarias.

El motivo de mi columna de hoy es únicamente dar a conocer el texto actual de la ley del artículo 61 de la LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO, y el proyecto de reforma que está proponiendo un diputado de la bancada de MORENA, para que todos conozcan que ese artículo ya existe desde el año 1990 y solo se está proponiendo una reforma al cuarto y el penúltimo párrafo y se adiciona un quinto párrafo, para quedar de la siguiente manera:

LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO.
Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 1990.
LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO. Propuesta de reforma al Artículo 61
Ley de Instituciones de Crédito Artículo 61.- Los derechos derivados por los depósitos e inversiones y sus intereses a que se refiere este artículo, sin movimiento en el transcurso de tres años contados a partir de que estos últimos se depositen en la cuenta global, cuyo importe no exceda por cuenta, al equivalente a trescientos días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, prescribirán en favor del patrimonio de la beneficencia pública. Las instituciones estarán obligadas a enterar los recursos correspondientes a la beneficencia pública dentro de un plazo máximo de quince días contados a partir del 31 de diciembre del año en que se cumpla el supuesto previsto en este párrafo. 
(62) Las instituciones estarán obligadas a notificar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores sobre el cumplimiento del presente artículo dentro de los dos primeros meses de cada año.
Se reforma el cuarto y el penúltimo párrafo y se adiciona un quinto párrafo, recorriéndose los subsecuentes, al Artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, para quedar como sigue:  Ley de Instituciones de Crédito Artículo 61.-… … … Los derechos derivados por los depósitos e inversiones y sus intereses a que se refiere este artículo, sin movimiento en el transcurso de tres años contados a partir de que estos últimos se depositen en la cuenta global, cuyo importe no exceda por cuenta, al equivalente a quinientas cuarenta Unidades de Medida y Actualización en la Ciudad de México, prescribirán en favor del patrimonio de la beneficencia pública
Los recursos, así como los intereses y rendimientos acumulados, generados por todos los depósitos e inversiones en la cuenta global con excepción de aquellos previamente destinados a la beneficencia pública, prescribirán en favor de la Seguridad Pública y se deberán destinar para las políticas y acciones de combate a la delincuencia en los porcentajes que para tal efecto se establezcan.  Las instituciones estarán obligadas a enterar los recursos correspondientes tanto a la beneficencia pública como a la dependencia responsable de la seguridad pública, dentro de un plazo máximo de quince días contados a partir del 31 de diciembre del año en que se cumpla el supuesto previsto en este párrafo.

Como podemos observar, y contrario a lo señalado por la senadora, ya existía el artículo 61 de la citada ley y la misma ya dispone   la prescribirán en favor del patrimonio de la beneficencia pública de todos aquellos derechos derivados por los depósitos e inversiones y sus intereses a que se refiere dicho artículo, sin movimiento en el transcurso de tres años contados a partir de que estos últimos se depositen en la cuenta global.

Únicamente se está adicionando lo siguiente: Los recursos, así como los intereses y rendimientos acumulados, generados por todos los depósitos e inversiones en la cuenta global con excepción de aquellos previamente destinados a la beneficencia pública, prescribirán en favor de la Seguridad Pública y se deberán destinar para las políticas y acciones de combate a la delincuencia.

Cuenta global se refiere a:

Cuenta que lleva cada institución en la que se abonan los saldos de las cuentas no activas que en el transcurso de tres años no hayan tenido movimiento por depósitos o retiros.

Es conveniente precisar que dentro de la exposición de motivos del referido proyecto de reforma se señala lo siguiente:

“Cabe dejar claro que no se está proponiendo disponer de los recursos de usuarios de servicios financieros con posibilidades de ser reclamados, sino de aquellos recursos cuyo derecho a ser reclamados han prescrito, es decir, que habiendo transcurrido los seis años que marca la ley, no fueron ni podrán ser reclamados por lo que no se afectan las garantías constitucionales ya que por ser la figura de la prescripción una institución de orden público, no existe poseedor originario cierto, se agotan las relaciones jurídicas entre el particular, se extinguen las obligaciones sobre el bien financiero depositado y un recurso que actualmente se encuentra ocioso se convierte en un valioso y poderoso mecanismo de fortalecimiento institucional de las corporaciones encargadas del combate a la delincuencia y el mantenimiento de la paz y la estabilidad social”.

¿Es tan complicado entender para la senadora? 

El proyecto es muy claro, y como ha quedado precisado, ya existía ese precepto, no se trata de una ley que esté inventando el gobierno para robar su dinero a los cuentahabientes, precisamente se trata de transparentar y señalar directamente para que fin serán utilizados dichos recursos.

Lo único que dejan en evidencia es su ignorancia, odio y golpismo de la derecha, a un gobierno que únicamente se ha dedicado a reconstruir lo que dejaron en ruinas los neoliberales.

Es conveniente señalar que dicho proyecto fue una iniciativa de la bancada de MORENA, pero que el presidente señaló en la mañanera del día jueves 13 de octubre de 2022, que a él le gustaría que dichos recursos fueran destinados a programas sociales, esperemos los legisladores tomen en cuenta la sugerencia hecha por el presidente y se logre reformar en ese sentido.

“Por el bien de todos, primero los pobres”.

Hacemos comunicación al servicio de la Nación y si así no lo hiciéramos, que el chat nos lo demande.

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