De 1992 a Nueva Ley Federal de Cine y Audiovisuales 2026

La nueva ley sustituirá a la de 1992 y cambia la base estratégica comercial por un enfoque de derechos culturales, por lo que refuerza el 10% de exhibición con 14 días mínimos en cartelera, regula el streaming, protege el doblaje ante la IA y garantiza el fomento y el resguardo del patrimonio bajo la Cineteca Nacional.

Después de más de 30 años de vigencia de la ley de 1992, México redefine las reglas del sector cinematográfico con una legislación que busca corregir desajustes en la exhibición y el financiamiento. Mientras la ley de 1992 visualizaba al cine principalmente como industria y mercancía, la nueva norma incorpora un enfoque de derechos culturales, reconociendo el acceso a contenidos nacionales como parte de la vida cultural del país.

 El giro es relevante, puesto que se trata de pasar de un modelo centrado en el mercado a uno que coloca en el centro a las audiencias, creadores y trabajadores. Este cambio reestructura las obligaciones del Estado y de los agentes del mercado, marcando una gran diferencia con la Ley de 1992, principalmente en los siguientes puntos:

Refuerzo de exhibición en salas comerciales
En la normativa anterior se exigía el 10% de tiempo en pantalla para cine mexicano; sin embargo, los informes anuales facilitaban que esa cuota se moviera a horarios desfavorables y sin permanencia garantizada. La nueva ley mantiene el 10%, a diferencia de que lo refuerza con 14 días de exhibición continua obligatoriamente, evitando retiros anticipados y buscando asegurar visibilidad frente al dominio de producciones extranjeras.

Plataformas de streaming.
La legislación de 1992 no contemplaba regulación para servicios digitales en aquel momento. La nueva norma obliga a las plataformas a incluir una sección visible y permanente dedicada al cine y audiovisual mexicano, incorporando al entorno digital dentro de las responsabilidades culturales del sector.

Enfoque y derechos culturales.
Antes,  el fundamento estaba centrado en la obra como producto industrial. Ahora, la ley se basa en derechos culturales, impulsa la diversidad, promueve producciones diversas culturalmente y reconoce el registro audiovisual como un bien público. Resalta el derecho de las audiencias a consumir contenido local y el deber institucional de fomentarla.

Protección al doblaje.
La ley de 1992  no otorgaba un  reconocimiento específico a este sector. La nueva ley reconoce la voz humana como recurso artístico y protege a los actores de doblaje ante el uso de Inteligencia Artificial sin consentimiento, estableciendo medidas de protección laborales ante el sistema tecnológico.

Patrimonio y memoria audiovisual.
Anteriormente había menor control formal sobre el patrimonio, la nueva ley establece obligatoriamente conservar, restaurar y digitalizar el archivo fílmico, con responsabilidad clara en el resguardo y preservación, fortaleciendo la labor de la Cineteca Nacional como protector de la memoria audiovisual.

Fomento y descentralización.
La ley de 1992 reunía apoyos y dependía de es como modelos de fideicomisos vinculados  a decisiones anuales. La nueva ley integra el fomento al presupuesto público, garantiza en ley el FOCINE, otorga mayor certeza a productores, asimismo, apuesta por descentralizar la producción a través de convocatorias específicas para pueblos originarios y comunidades afromexicanas.

La comparación revela una transformación estructural, una regulación enfocada en el sentido del mercado a un contexto legal que estructura exhibición, derechos laborales, diversidad cultural y la preservación histórica. El reto ahora será que estas diferencias se conviertan en cambios efectivos a través de las pantallas, plataformas y condiciones de producción en todo el país.

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