Con ocho votos a favor y tres en contra, la Sala Superior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el proyecto de ministra Ríos-Farjat que validaba la presencia de las Fuerzas Armadas en la calle para hacerse cargo de las tareas de seguridad y protección ciudadana hasta 2028, lo cual ratifica, por el momento, el mando militar en la Guardia Nacional (GN).
De acuerdo con lo aprobado en la Suprema Corte este martes 29 de noviembre, será la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) la dependencia de Estado responsable de combatir a los principales generadores de violencia en México, tales como el narcotráfico, extorsión, secuestros y homicidios dolosos por cuatro años más, ya que esta tarea fue encomendada a la GN en 2019, año en que se constituyó este cuerpo. Asimismo, se destaca que en ese mismo año se planeó que el mando militar en la Guardia terminaría en marzo de 2024.
Sin embargo, los altos índices de inseguridad en México y la eficacia de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad, instó al poder legislativo promover una iniciativa que extendía cuatro años más la responsabilidad operativa y administrativa de la GN en la Sedena, misma que fue avalada por la SCJN en virtud de proteger el interés mayor. Tal y como lo señaló Arturo Zaldívar, ministro presidente de la Suprema Corte.
“Se podrá compartir o no esta decisión, pero lo que está cierto es que nuestra Constitución marca una ruta para fortalecer a la Guardia Nacional y mientras tanto las Fuerzas Armadas puedan apoyar en labores de seguridad y regresar a sus labores originarias en el menor tiempo posible y en el plazo que la Constitución marca”.
El ministro presidente Arturo Zaldívar aclaró que a la Corte no le compete determinar si deben o no utilizarse las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, ni sobre cómo debe enfrentarse el crimen organizado.
“Lo único que nos toca resolver es si el Ejecutivo Federal ejerció correctamente la facultad de disposición sobre las fuerzas armadas permanentes en tareas de seguridad pública que le otorgó el poder reformador de la Constitución en el artículo 5º transitorio del decreto de reformas de marzo del 20192”, expuso.
Se trata, resaltó, de verificar si el acuerdo cumple con los lineamientos constitucionales previstos por la disposición transitoria, no valorar o enjuiciar la política pública en materia de seguridad.
“Quiero insistir en que el hecho de que esta Suprema Corte valide la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad, hasta en tanto otras instituciones de carácter civil, como la Guardia Nacional, concluyen su integración o adiestramiento, de ninguna manera significa que este Tribunal este autorizando la militarización de la seguridad pública”, recalcó.
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