El Tribunal de Apelación de Lisboa declaró inadmisible la solicitud de extradición presentada por el gobierno de México para que el empresario y exfuncionario Simón Levy Dabbah enfrente cargos en la Ciudad de México.
Las autoridades judiciales de Portugal resolvieron el 30 de diciembre de 2025 declarar como no admisible la petición de extradición presentada por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) contra Simón Levy Dabbah, empresario y abogado que enfrenta acusaciones en México por presuntos daños a la propiedad ajena, amenazas y otros delitos, vinculados a proyectos inmobiliarios.
El fallo fue emitido por la 9ª Sección del Tribunal de Apelación de Lisboa y fundamentado en el artículo 5°, numeral 1 del Tratado de Extradición entre México y Portugal, que establece la prohibición de extraditar a una persona que posee la nacionalidad del país requerido, salvo que la Constitución del Estado lo permita en condiciones de reciprocidad. En este caso, al contar Levy con nacionalidad portuguesa, no procedió la entrega solicitada por la Fiscalía.
La resolución implicó el archivo definitivo del procedimiento de extradición en Portugal, lo que representa un revés para las gestiones emprendidas por México, aunque no significa que Levy esté exonerado de los señalamientos que enfrenta en tribunales mexicanos.
En México, la FGJCDMX había solicitado formalmente la extradición de Levy tras su detención en Lisboa en octubre de 2025 en cumplimiento de una ficha roja de Interpol por dos órdenes de aprehensión vigentes derivadas de procesos legales relacionados con presuntas irregularidades en construcciones y otros delitos.
El empresario, que también fue funcionario público durante el sexenio anterior, había sido puesto en libertad bajo medidas cautelares mientras se resolvía su situación jurídica, pero con la reciente decisión del tribunal portugués, la entrega a México ya no procederá bajo los términos de la solicitud original.

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