La Suprema Corte cerró la puerta a una vieja práctica bancaria: ahora los bancos deberán demostrar con pruebas reales que un cliente autorizó cargos que dice no reconocer, La decisión promete cambiar por completo la forma en que se resuelven estas disputas.
En México concluyó por parte del máximo tribunal que las entidades bancarias ya no pueden invocar la “confesión ficta” para establecer que un cliente autorizó cargos desconocidos simplemente por no presentarse a una audiencia. Con esta resolución, establece que son los bancos quienes deben presentar documentación fehaciente para demostrar que los cargos en tarjetas o cuentas fueron realizados por el usuario.
Mediante la jurisprudencia que emanará de este fallo, La Suprema Corte Justicia de la Nación determinó que debe existir evidencia certificada de consentimiento y operación por parte del cliente, así como registros confiables del banco que acrediten que sus sistemas funcionaron conforme a protocolos. Solo entonces se invertirá la carga de la prueba para que la persona demuestre que no realizó la operación.
Este veredicto llega en un momento de reformas al sistema financiero, donde recientemente la Cámara de Diputados aprobó iniciativas que buscan prohibir el envío de tarjetas de crédito no solicitadas y establecer mecanismos más ágiles para su cancelación. El fallo de la Corte refuerza un marco legal que favorece al usuario frente a prácticas bancarias que le atribuían la obligación de probar su inocencia ante cargos no reconocidos.
En el entorno de servicios financieros, esta decisión marca un antes y un después: los bancos tendrán que ajustarse a estándares más estrictos de transparencia y responsabilidad, mientras que los usuarios ganan un respaldo jurídico más sólido para cuestionar cargos que no reconocen. La jurisprudencia establece así una barrera adicional frente a abusos y protege derechos fundamentales dentro de la banca.

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